Una papeleta es un documento que
contiene los datos de la persona que comete una infracción de tránsito y que sirve para acreditar la realización
de un determinado acto que contradice al Reglamento Nacional de Tránsito y/o
Ordenanzas Municipales que regulan el transporte y la seguridad vial.
La autoridad que se encuentra
facultada para imponer las papeletas es la Policía Nacional del Perú, así
también el Servicio de Administración
Tributaria de Lima que se encarga de realizar la cobranza de las infracciones impuestas
(papeletas) dentro de la Jurisdicción de Lima, además de resolver los recursos
usados para impugnar una papeleta.
Aquel conductor del vehículo que
infringe el reglamento de tránsito asumirá la papeleta; sin embargo, cuando se
realiza una "foto papeleta" lo asumirá el propietario del vehículo.
El valor de las multas sobre las
cuales se fijan las papeletas son:
Infracciones leves (MG): Multa
equivalente al 100%, 50%, 24% o 12% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Infracciones graves (G): Multa
equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Infracciones muy graves (L): Multa
equivalente al 4% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Para los que no conocen una Unidad
Impositiva Tributaria (UIT), es un valor de referencia (monto) que lo determina
el Ministerio de Economía y Finanzas y que varía cada año. En este año,
2015, su valor es de S./ 3 850.00
Si una persona no se encuentra de
acuerdo con su papeleta deberá presentar su descargo (justificar con documentos
y/o desacreditando los posibles hechos de infracción) ante el SAT dentro de los
cinco (5) días hábiles (todos los días excepto domingos y feriados) contados a
partir del día siguiente de la imposición o notificación de la papeleta. En
caso que se rechace este descargo, el usuario podrá emplear un recurso de
apelación (solicitar que se anule) en un plazo de 15 días hábiles después de la
notificación de la Resolución de Sanción.
Pongamos un ejemplo, Manuel se
desempeña como taxista, al desplazarse con su vehículo por el Centro de Lima, le
imponen una papeleta por presunto exceso de velocidad, sin embargo, él no está
de acuerdo, pues considera que manejaba
dentro de los límites permitidos por el Reglamento de Tránsito. Por lo
cual, él deberá impugnar (solicitar la nulidad de una decisión) a través de los
distintos recursos impugnatorios dentro de plazo legal establecido para cada
uno de ellos.
Lo primero que deberá hacer después
de haber sido notificado con la imposición de la papeleta deberá presentar su
descargo teniendo 5 días hábiles, posteriormente si después de presentar su
descargo no obtuvo una respuesta favorable, presentará un recurso de apelación
teniendo un plazo de 15 días hábiles después de la notificación de la
resolución sanción.
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