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lunes, 5 de octubre de 2015

LAS PAPELETAS

Una papeleta es un documento que contiene los datos de la persona que comete una infracción de  tránsito y que sirve para acreditar la realización de un determinado acto que contradice al Reglamento Nacional de Tránsito y/o Ordenanzas Municipales que regulan el transporte y la seguridad vial.

La autoridad que se encuentra facultada para imponer las papeletas es la Policía Nacional del Perú, así también  el Servicio de Administración Tributaria de Lima que se encarga de realizar la cobranza de las infracciones impuestas (papeletas) dentro de la Jurisdicción de Lima, además de resolver los recursos usados para impugnar una papeleta.



Aquel conductor del vehículo que infringe el reglamento de tránsito asumirá la papeleta; sin embargo, cuando se realiza una "foto papeleta" lo asumirá el propietario del vehículo.
El valor de las multas sobre las cuales se fijan las papeletas son:
Infracciones leves (MG): Multa equivalente al 100%, 50%, 24% o 12% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Infracciones graves (G): Multa equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria. 
Infracciones muy graves (L): Multa equivalente al 4% de la Unidad Impositiva Tributaria.

Para los que no conocen una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es un valor de referencia (monto) que lo determina el Ministerio de Economía y Finanzas y que varía cada año. En este año, 2015,  su valor es de S./ 3 850.00

Si una persona no se encuentra de acuerdo con su papeleta deberá presentar su descargo (justificar con documentos y/o desacreditando los posibles hechos de infracción) ante el SAT dentro de los cinco (5) días hábiles (todos los días excepto domingos y feriados) contados a partir del día siguiente de la imposición o notificación de la papeleta. En caso que se rechace este descargo, el usuario podrá emplear un recurso de apelación (solicitar que se anule) en un plazo de 15 días hábiles después de la notificación de la Resolución de Sanción.

Pongamos un ejemplo, Manuel se desempeña como taxista, al desplazarse con su vehículo por el Centro de Lima, le imponen una papeleta por presunto exceso de velocidad, sin embargo, él no está de acuerdo, pues considera que manejaba  dentro de los límites permitidos por el Reglamento de Tránsito. Por lo cual, él deberá impugnar (solicitar la nulidad de una decisión) a través de los distintos recursos impugnatorios dentro de plazo legal establecido para cada uno de ellos.

Lo primero que deberá hacer después de haber sido notificado con la imposición de la papeleta deberá presentar su descargo teniendo 5 días hábiles, posteriormente si después de presentar su descargo no obtuvo una respuesta favorable, presentará un recurso de apelación teniendo un plazo de 15 días hábiles después de la notificación de la resolución sanción.

Podemos notar que las papeletas son infracciones al Reglamento de Tránsito que tiene como finalidad regular el transporte y la seguridad vial. Por ello, como conductores, debemos tomar conciencia de la responsabilidad que tenemos al conducir un vehículo.


Redacción Jurídica/ JAN

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