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jueves, 24 de septiembre de 2015

DEMANDA DE ALIMENTOS


Los  “Alimentos” no deben de  ser entendidos únicamente como “COMIDA”, la demanda de alimentos es interpuesta a beneficio de un hijo que depende  de sus progenitores. Este derecho puede ser solicitado por su madre, padre, apoderado, tutor, debido a que ellos cuentan con la capacidad de representar al hijo en un Proceso Judicial.

Esta demanda es presentada ante el Juez de Paz Letrado en el Proceso Sumario, que es un proceso de accionar rápido, pues es un derecho que protege al Hijo Dependiente.



¿Cuál es la definición Legal de Alimentos?
Es la prestación de dinero que pueda cubrir las necesidades primordiales y vitales que tiene el hijo, las cuales son: Alimentos, Salud, Educación, Recreación, Vestimenta y Desarrollo integral. Con esta definición queda claro que, la palabra “Alimentos”, no solo conlleva a la comida como muchas personas piensan.

¿Qué debe contener una demanda de alimentos?
La demanda debe especificar la identidad de la persona que recibirá los alimentos(hijo), la identidad de su representante legal (madre), el vinculo de parentesco que sostengan la parte demandada (Padre).

En cuanto al monto de dinero que se solicitará, se puede pedir un porcentaje de las ganancias totales que el padre perciba. El Código Procesal Civil en su artículo 648, inciso 6, se determina que el monto porcentual asciende a una tercera parte de los ingresos económicos, es decir, un 60%  de las ganancias totales que obtenga el padre, por ejemplo: si un padre de familia que mensualmente adquiere un total de 2 000 nuevos soles, la madre del menor podría solicitar el 60% de su haber mensual, entonces el monto correspondiente al hijo sería 1200 nuevos soles. En caso de que el padre tenga un aumento económico, el monto mensual de la pensión también se incrementaría.

¿Ante qué juzgado se presenta la demanda de alimentos?
El artículo 560 del Código Procesal Civil nos dice que las demandas de alimentos tiene un tratamiento especial en nuestro país, ya que el derecho a proteger es el del hijo. Estas demandas deben de ser presentadas ante el Juzgado de Paz Letrado del lugar en donde vive el hijo.


Ejemplo: Si el hijo vive en el distrito de Comas y el padre  vive en Ate Vitarte, la demanda de alimentos tendrá que ser presentada en el Juzgado de Paz Letrado de Comas, no se admiten protestas por lugar en donde se presente la demanda.


Redacción Jurídica/ DJVP



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2 comentarios:

  1. Importantes datos para saber entablar una demanda de alimentos, me gusta que este tipo de material se publique y que existan espacios como estos para saber cuales son nuestros derechos.

    Saludos,
    abogados de familia en cali

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