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viernes, 30 de octubre de 2015

ROBO AGRAVADO



Robo agravado es la principal causa de ingresos a los penales de Lima con 7.136 reclusos bajo ésta modalidad, según un informe del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) publicado en el mes de junio del presente año.

El delito de robo agravado es el apoderamiento ilegitimo de un bien mueble total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él, sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia o amenazas contra la víctima o integridad física de la víctima y concurriendo además cualquiera de las circunstancias agravantes especificas establecidas en el artículo 189 del Código Penal.

El robo agravado tiene a diferencia del robo simple, como uno de sus presupuestos típicos la muerte o lesiones graves a la víctima, y por lo tanto no solo contiene la amenaza a la vida o a la integridad física del sujeto pasivo.

Las circunstancias agravantes del delito de robo:

La pena no será menor de doce ni mayor de veinte años, siempre y cuendo, el robo es cometido en estas circunstancias:

- Robo en inmueble habitado.
- Durante la noche o en lugar desolado.
-Robo a mano armada.
-Robo con el concurso de dos o más personas.
-Robo en medio de locomoción de transporte público o privado de pasajeros o de carga.
-Robo fingiendo ser autoridad o servidor público o trabajador del sector privado o mostrando mandamiento falso de autoridad.
-Robo en agravio a menores de edad o ancianos.
-Robo causando lesiones a la integridad física o mental de la victima.
-Robo con abuso de incapacidad física o mental de la víctima o mediante el empleo de drogas y/o insumos químicos o fármacos contra la víctima.
-Robo que coloca a la víctima y a su familia en grave situación económica.
-Robo sobre bienes de valor científico o que integran el patrimonio cultural de la nación.



A continuación pasaremos a describir algunos de estos supuestos para mayor entendimiento:

-Robo en inmueble habitado: en el cual se vulnera la inviolabilidad del domicilio, la integridad y otros bienes jurídicos y otros bienes jurídicos personales toda vez que la casa de la víctima es el lugar donde la custodia de sus bienes se considera más seguro y su vida íntima o familiar ante las intromisiones ajenas.
-Durante la noche o en lugar desolado: En el cual el agente aprovecha las circunstancias objetivas para facilitar el robo.
-Robo a mano armada: El arma usada debe ser eficaz para trasmitir temor u ocasionar el quebrantamiento total de la voluntad de la víctima.
Arma propiamente dicha es todo instrumento que tiene como finalidad específica la de poder ser utilizado indistintamente para agredir o para defender. Puede ser de fuego cortante, punzo-cortante, etc.
-Robo con el concurso de dos o más personas: es suficiente que dos o más personas concurran, aunque sea de manera espontánea, y sin previo acuerdo en la comisión del robo.
-Robo en medio de locomoción de transporte público o privado de pasajeros o de carga:
En esta circunstancia agravante hay un mayor contenido de ilicitud de la acción en vista de la confianza que tienen los pasajeros en la seguridad que les ofrecen las empresas de transporte público o privado.

Un ejemplo claro de robo a mano armada es el que vemos cada día en el Perú, donde los constantes asaltos a negocios son realizados con un arma de fuego en el cual se pone en peligro la vida de la persona.

Ejemplo: Juan es un padre de familia, dueño de una tienda cerca de su casa, al llegar la noche y cuando se encontraba por cerrar su negocio es interceptado por un grupo de delincuentes, los cuales lo reducen con armas de fuego y lo obligan a abrir la caja fuerte llevándose todo lo que encontraron. Lo robado ascendía a un total de S/. 20 000 nuevos soles.

Conforme a este caso podemos ver que el robo a mano armada se configura necesariamente con el empleo de un arma lo cual permite a los delincuentes realizar sus fechorías.


Redacción Jurídica/ JAN



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