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viernes, 2 de octubre de 2015

¿Los menores de edad podrán ir a la cárcel?

Con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1204, del día 24 de setiembre de 2015, se modificó las sanciones a los adolescentes.

Nuestra actual Legislación percibe un gran cambio en su orden legal, pues se ha dispuesto que los adolescentes de entre 14 a 18 años de edad sean sancionados hasta con “diez años de pena privativa de la libertad”. Esto  generaría que aquellas personas que sean sentenciados a sus 16 años, y siempre y cuando, se aplique la máxima  sanción (10 años), salgan a las calles a sus 26 años, quedando la posibilidad de volver a cometer actos delictivos por no encontrar otro medio de vida que la de un “delincuente”.

Ponemos como ejemplo el caso mediático del trujillano Alexander Manuel Pérez Gutiérrez "Gringasho", quien fue en su momento el sicario más joven del Perú, a sus 17 años se le atribuyeron 10 asesinatos, extorsión y robo agravado. Al cumplir la mayoría de edad, él ya no fue internado en un Centro Correccional, sino está cumpliendo su  condena en el Penal de Piedras Gordas (ubicado en el distrito de Ancón), según lo dispuesto en el Artículo 11-A del Titulo II del Código de Ejecución Penal, que dispone a la Junta Técnica de Clasificación como la encargada de determinar el establecimiento penitenciario adecuado para el interno.



Las sanciones a los menores de edad serán aplicadas solo a delitos específicos como:

  • Homicidio calificado: Asesinar a una persona para beneficio propio.
  • Feminicidio: haber asesinado a una mujer bajo cualquier circunstancia posible.
  • Extorsión: Obtener algún beneficio usando la intimidación.
  • Pandillaje pernicioso: El pandillaje que genere grandes daños a la sociedad.
  • Violación sexual: Violentar sexualmente a una persona.
  • Organización criminal: Pertenecer a una banda criminal.



Según el Código del Niño y Adolescentes, en su artículo 10 del Título Preliminar señala que, "El Estado garantiza la administración de una justicia especializada para los niños y adolescentes". Todo caso civil o penal en el que este inmerso el niño o adolescente deberá ser tratado como un problema humano acorde a su edad y acorde a su madurez.


Actualmente, la ola de delincuencia juvenil ha crecido a pasos agigantados. Una forma de asegurar el bienestar de la comunidad es el incremento de las “sanciones privativas de la libertad” para los adolescentes. El Código del Niño y Adolescentes establece que el internamiento de los adolescentes en un Centro Correccional o Penitenciario (de acuerdo a la edad) debe darse como una última opción.

Redacción Jurídica/ DJVP



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